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DSA – Información según el Reglamento de Servicios Digitales

La sociedad MUZIKER, a.s., con domicilio social en Drieňová 1H, 821 01 Bratislava – distrito de Ružinov, República Eslovaca, número de identificación 35 840 773, inscrita en el Registro Mercantil del Tribunal Municipal de Bratislava III, sección Sa, asiento n.º 3337/B, de conformidad con el Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a un mercado único de servicios digitales (en lo sucesivo, «DSA»), facilita la siguiente información sobre la prestación de servicios intermediarios.

Tipo de servicio prestado

La sociedad presta un servicio intermediario en forma de plataforma en línea en el sentido del artículo 3, letra i), del DSA, que permite a los destinatarios del servicio almacenar, poner a disposición y difundir información en forma de contenido generado por los usuarios, en particular mediante la publicación de reseñas de productos y clientes, así como de preguntas y respuestas de los usuarios sobre los productos.

Puntos únicos de contacto (artículos 11 y 12 del DSA)

La sociedad ha establecido puntos únicos de contacto destinados exclusivamente a la comunicación electrónica con arreglo al DSA, a través de los cuales se puede contactar con la sociedad en asuntos relacionados con la aplicación del DSA.

La sociedad garantiza que las comunicaciones recibidas a través de estos puntos de contacto se tramiten sin demora injustificada, a más tardar en un plazo razonable correspondiente a la naturaleza y complejidad de la comunicación específica.

  • Punto de contacto para las autoridades de los Estados miembros, la Comisión Europea y la Junta Europea de Servicios Digitales: [email protected]
  • Punto de contacto para los destinatarios del servicio (incluida la notificación de contenidos y la presentación de reclamaciones): [email protected]
La comunicación a través de los puntos de contacto indicados se realiza en eslovaco, checo o inglés.

Mecanismo de notificación de contenidos ilícitos (artículo 16 del DSA)

La sociedad permite que cualquier persona física o jurídica presente una notificación sobre información que considere contenido ilícito en el sentido del DSA. A tal efecto, la sociedad ha establecido un mecanismo de notificación diseñado para ser fácilmente accesible, fácil de usar y permitir la presentación eficaz de notificaciones por medios electrónicos. Este mecanismo garantiza que las notificaciones que contengan todos los elementos exigidos por la ley puedan evaluarse adecuadamente y que, sobre la base de las mismas, puedan adoptarse medidas adecuadas y oportunas.

Una notificación puede presentarse, en particular, a través de la función «Notificar contenido», disponible directamente junto a los elementos individuales del contenido generado por los usuarios (reseñas, preguntas y respuestas sobre productos), o enviando una notificación electrónica a la dirección: [email protected].

Para que una notificación se considere debidamente presentada en el sentido del artículo 16, apartado 2, del DSA, debe contener:

  • una explicación suficientemente motivada de los motivos por los que el notificante considera ilícito el contenido en cuestión,
  • una identificación clara de la ubicación exacta del contenido en cuestión, en particular mediante una dirección URL,
  • el nombre, los apellidos y la dirección de correo electrónico del notificante (que no se harán públicos),
  • una declaración que confirme que el notificante actúa de buena fe y que la información proporcionada en la notificación es exacta y completa.
La sociedad evalúa las notificaciones individualmente y adopta decisiones sin demora injustificada; informa al notificante del resultado de la evaluación, cuando se disponga de sus datos de contacto.

Moderación de contenidos y medidas contra los abusos (artículos 14, 17, 23 del DSA)

Las condiciones para la publicación y moderación de contenidos de usuario se rigen por los Términos y Condiciones Generales de la sociedad: Términos y Condiciones Generales .

La moderación de contenidos (incluidas las reseñas y las preguntas y respuestas sobre productos) se realiza exclusivamente sobre la base de una evaluación individual llevada a cabo por personas autorizadas de la sociedad. Al tomar decisiones sobre la moderación de contenidos o al aplicar medidas contra los destinatarios del servicio, la sociedad actúa de manera no discriminatoria, no arbitraria y con la debida diligencia profesional.

En caso de decisión de restringir la visibilidad del contenido, eliminarlo o interferir de otro modo con el contenido o la cuenta, la sociedad proporcionará al destinatario afectado del servicio una motivación de dicha decisión de conformidad con el artículo 17 del DSA, que incluirá en particular el motivo de la decisión, su base jurídica y el tipo de medida adoptada.

De conformidad con el artículo 23 del DSA, la sociedad podrá adoptar medidas razonables y proporcionadas contra los destinatarios del servicio que reiteradamente proporcionen contenido manifiestamente ilícito o presenten notificaciones manifiestamente infundadas. Estas medidas podrán incluir en particular:

  • envío de una advertencia por incumplimiento de las normas,
  • suspensión temporal de la posibilidad de añadir contenido (normalmente durante 30 días),
  • restricción permanente o cancelación de la cuenta de usuario.
La sociedad aplica estas medidas de forma adecuada y proporcionada, teniendo en cuenta la naturaleza, gravedad y frecuencia de las infracciones.

Sistema interno de gestión de reclamaciones y resolución extrajudicial de litigios (artículos 20 y 21 del DSA)

Si la sociedad adopta una decisión de moderación de contenidos (en particular, una decisión de eliminar contenido, restringir su visibilidad o aplicar una medida contra una cuenta de usuario), el destinatario afectado del servicio tiene derecho a presentar una reclamación contra dicha decisión a través del sistema interno de gestión de reclamaciones de la sociedad, en un plazo de 6 meses a partir de su entrega. Las reclamaciones pueden presentarse por vía electrónica en la dirección [email protected].

La sociedad evaluará la reclamación sin demora injustificada, y a más tardar en un plazo de 30 días desde su recepción, de manera no discriminatoria, objetiva y con la debida diligencia profesional. Se informará al reclamante del resultado de la evaluación, junto con la motivación de la decisión.

Sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso judicial, de conformidad con el artículo 21 del DSA, el destinatario del servicio tiene derecho a someter el asunto a un órgano de resolución extrajudicial de litigios certificado por el coordinador de servicios digitales competente en un Estado miembro. La lista actualizada de dichos órganos está disponible en el sitio web de la Comisión Europea: Digital Services Coordinators | Shaping Europe’s digital future.

Número de destinatarios activos del servicio (artículo 24, apartado 2, del DSA)

De conformidad con el artículo 24, apartado 2, del DSA, la sociedad publica periódicamente, al menos una vez cada seis meses, información sobre el número medio mensual de destinatarios activos del servicio en la Unión Europea.

El número medio mensual actual de destinatarios activos del servicio en la Unión Europea durante los últimos seis meses es de 1,2 millones.

Esta cifra constituye una estimación cualificada de la sociedad realizada sobre la base de los datos analíticos disponibles y de una metodología correspondiente a los requisitos del DSA. La cifra no incluye accesos duplicados desde el mismo dispositivo ni tráfico automatizado.

Informe de transparencia (artículo 15 del DSA)

De conformidad con el artículo 15 del DSA, la sociedad publica al menos una vez al año un informe de transparencia que contiene información sobre la moderación de contenidos llevada a cabo por la sociedad durante el período correspondiente, incluidos los datos sobre las notificaciones recibidas, las reclamaciones presentadas, las decisiones adoptadas y las medidas aplicadas.